El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) llevó el valor de la Unidad Tributaria (UT) de 0,02 a 0,40 bolívares mediante Providencia Administrativa N° 2022 / 000023, publicada en la Gaceta Oficial N° 42.359, fechada el pasado 20 de abril.
El Seniat establece que el Artículo 2º de la providencia administrativa antes mencionada, señala que “El valor de la Unidad Tributaria establecido, sólo podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de los Tributos Nacionales, cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan”.
En su Artículo 3° destaca: “En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo, y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, de conformidad con lo establecido en el parágrafo tercero del artículo 3 del Decreto Constituyente mediante el cual dicta el Código Orgánico Tributario”.
Seguidamente, en su Artículo 4º, indica que se deroga la providencia administrativa SNAT/2021/000023, de fecha 06 de abril de 2021, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42.100, de la misma fecha.
El último Artículo 5°, establece que el cambio de UT entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.