Un número muy importante de empresas pequeñas, medianas y pequeñas podrían enfrentar multas millonarias en dólares por sanciones impuestas por enteramiento tardío del Impuesto al Valor Agregado (IVA) antes de la reforma del Código Orgánico Tributario de 2020, donde se cambió la unidad tributaria por el tipo de cambio de mayor valor como unidad de cuenta.
El abogado tributarista y profesor de la Universidad Central de Venezuela (UCV), José R. Belisario, indicó que «desde el año 2018 hasta esta fecha la UT ha sido ajustada numerosas veces y por varias veces su valor, lo que ha resultado en que empresas que originalmente tenían multas por un valor aproximado de 50.000.00 dólares hoy en día tienen una contingencia superior a los 50 millones de dólares, lo que es un despropósito, pues no hay inflación o devaluación que justifique tal ajuste».
Y añade: «Si el SENIAT quisiera ejecutar esas multas no hay empresas o institución privada que pueda pagar sumas de tal calibre, de modo que la pregunta que uno se hace es si el Gobierno Nacional está consciente del factor desestabilizador de la débil, pero recuperada economía venezolana que tiene sobre su cabeza esta espada de Damocles».
En este sentido, Belisario plantea que » tanto el sector privado como especialmente el Gobierno venezolano deben sentarse a conversar sobre este asunto, porque es un despropósito que en algún momento la Administración Tributaria pretenda cobrar estas multas».
Otros expertos en el área, como Leonardo Palacios, han comenzado a hablar de una iniciativa de «amnistía tributaria» para que estas acreencias de vieja data sean suprimidas, en función de mantener la estabilidad de las empresas, sobre todo las medianas y pequeñas, y evitar cierres.
El abogado José R. Belisario dijo que esta situación de incumplimiento de los enteramientos del IVA se produjo como resultado de la implantación de un esquema de liquidación semanal del tributo recaudado, ordenado por la Asamblea Nacional Constituyente, la desincorporación de la Banca privada como agente de retención de fondos nacionales y la paralización que produjo la pandemia de covid-19.
Esta situación tuvo como resultado «una avalancha de reparos fiscales y la imposición de multas que se ajustan, como una base a una norma del Código Orgánico Tributario, inconstitucional, en nuestro criterio».